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Primera plana del escrito de petición de Felipe Chevez, vecino de la Villa de Nacaome, dirigido al «C. Alc.[alde]» pidiendo información de testigos sobre la filiación y los bienes de su mujer Macedonia Carrejon. Contiene la súplica y las **cuatro preguntas del interrogatorio**, que ocupan los dos tercios inferiores de la plana.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
Ciudadano Alcalde:
Felipe Chévez, vecino de la villa de Nacaome, ante Vuestra Señoría en forma de estilo digo: que, en atención a no poderse hallar los documentos de seguridad y justificantes de la [línea] y pertenencia de mi mujer, según se me ha hecho saber; para cubrir mi honor y el de los dependientes, y dirimir el desorden de mis antecesores por lo que respecta al […], cuyos derechos no me podrán perjudicar más […], quedándome sin otro modo sino que Vuestra Señoría [reciba] información de los [testigos] más […] y fidedignos. A Vuestra Señoría suplico me tenga por presentado y mande hacer como pido, y que los declarantes insertos respondan al interrogatorio siguiente:
1.º Digan si soy legítimo marido de la ciudadana Macedonia Carrejón, y si ésta es hija de los ciudadanos Baltasar y Manuela Rita Molina, ya difuntos. 2.ª Si [el finado padre] de mi esposa le dejaron bienes muebles y raíces en su testamento. 3.º Si se los dejaron, en poder de quién se hallan, cómo y con qué condiciones. 4.ª Si además de esto tiene derecho a los bienes de la finada María Bran, abuela de dicha Macedonia.
Confianza Media-alta. Las cuatro preguntas y los nombres propios (Felipe Chevez, Nacaome, Macedonia Carrejon, Baltazar, Man.a Rita Molina, M.a Bran) se leen con seguridad. No se fijan: (a) el encabezamiento, que puede ser «C. Alc.e» o «C. M.»; (b) la palabra del renglón 4 tras «la l…ina» (¿«linea»?); (c) la palabra destruida del renglón 7 tras «al», de la que sólo queda la inicial —es la que el catálogo pudo leer como «cuadrilla», pero no se deja leer; (d) los finales de renglón perdidos por el encuadre; (e) el inicio de la pregunta 2.ª, comido por una mancha. El apellido de la mujer es Carrejon —el mismo del juez que actúa en este expediente—, no «Cartagena». ---
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Segunda plana del mismo escrito: cierre de la súplica y firma de Felipe Chevez; debajo, el auto del juez admitiendo la información, fechado en Sensentí, y el comienzo de la primera declaración (recepción de juramento).
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
[…si es así, cuánto es, en qué términos y en poder de quién] se hallan.
Todo lo cual suplico sea respondido bajo juramento, y evacuadas las declaraciones [se sirva remi]tir a la mayor brevedad las «quantillas» dichas a mi favor, con todo arreo, po[see]dor de los dependientes. Protesto no proceder [de malicia] y juro, etc. — Felipe Chévez.
Sensentí, febrero veinticinco de mil ochocientos veinte y […]: Como lo pide. Sígase la información […] y agréguese a las diligencias. — Molina.
En seguida fue presentado por testigo el ciudadano […] de […], de quien se recibió juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz, bajo el cual ofreció hablar verdad en lo que supiere y fuere preguntado; y siéndolo con arreglo al interrogatorio que antecede, a la primera pregunta dijo […]
Confianza Media. Alta en el bloque superior (firma de Chevez, data, auto, «Molina») salvo por el año, cortado por el encuadre tras «bein-». Baja en el bloque inferior, de tinta desvaída: no se fija el nombre, edad ni vecindad del primer testigo, que quedan ilegibles. La voz «quantillas» se da por leída letra a letra (véase la advertencia general), pero su sentido no se interpreta aquí; lo que la precede y la sigue («d.tas à mi favorecida, con todo areo, po[…]dor de los depend.tes») está afectado por el corte del margen. ---
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Tercera plana: final de la declaración del primer testigo (respuestas a las preguntas 2.ª, 3.ª y 4.ª, con mención de doscientos pesos, réditos, la cuarta parte y los bienes de la finada María Bran), su ratificación y firmas; y, al pie, la **comparecencia del segundo testigo**.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
[…] sabe que el […] hermano […] que llegó la partición […] tuvo igualmente parte […] los ciento y […]; […] Molina tiene doscientos pesos por […] términos, cuyos réditos están devengados desde el […] de ochocientos veinticinco, y […] entregados […]
A la primera [dijo]: […] Carrejón […] que tiene derecho […] la criatura […]; a la cuarta parte […] con el derecho de […] es lo único que se reserva […] la tierra, y que todo se puede […] menores ya […] la finada María Bran […] siendo pobre […]. A la cuarta respondió: que la cuarta […] el hijo a […] mujer […] quedaba en […]. Y dijo que se ratifica en lo dicho […]; [no le tocan las generales de la ley ni tiene] parentesco […]. Y firmó. — José Molina. Agustín Pineda.
En seguida compareció […] el ciudadano […] Pineda, vecino de esta […], de quien se recibió juramento en forma de derecho, y bajo de él ofreció decir verdad en lo que supiese […]; y en cumplimiento […] a la primera pregunta, siéndolo con arreglo al [interrogatorio] anterior […]
Confianza Baja. La plana está a la vez desvaída, rota y mal iluminada. Sólo se fijan con seguridad: la mención de «dos[cientos] p.s», la de «ochocientos v[ein]te y sinco», la recurrencia de «la quarta» y de «la finada M.a Bran», las dos firmas del pie y la fórmula de comparecencia del segundo testigo. No se fijan ni el nombre completo, ni la edad, ni la vecindad de ninguno de los dos testigos, ni el sentido corrido de las respuestas. Tampoco se ve en esta plana, pese a repasarla banda por banda, la voz «cuadrilla». ---
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Cuarta plana: resto de la declaración del segundo testigo, con la mención de los doscientos pesos de Juan Francisco Molina, del cinco por ciento, de la cuarta parte y de ciertos bienes «de muy poca cuenta»; ratificación, declaración de edad y firmas.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
[…] respondió […] Molina […]; […]tos [cincuenta] pesos que tiene Juan Francisco Molina […]; doscientos pesos, y todos tienen el derecho […] cinco por ciento […]; […] la cuarta […] que pertenece a ésta […], la misma que antes […]; […] no tiene ganado […]; […] tiene [tierras] de muy poca cuenta; y que […] Carrejón tiene unos mueblecitos de […]. Y en lo ya declarado se ratificó […]; [dijo ser] de treinta y […] años; […] leído, y firma conmigo. — Juan Francisco de Molina. Agustín [Pineda]. [¿Chinchilla?]
Confianza Baja. Se fijan los sintagmas que el catálogo recogía («doscientos pesos», «la quarta», «muy poca cuenta», «unos Mueblecitos») y la firma Juan Fran.co de Molina; pero el hilo del discurso no se reconstruye y la edad del testigo sólo se lee como «treinta y …», sin la unidad. Los renglones ocultos bajo la solapa de papel del tercio superior **son físicamente inaccesibles en esta fotografía**. Tampoco aquí aparece la voz «cuadrilla». ---
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Primera plana conservada de la **mortual y partición de los bienes de Est[e]van Peña[s]**: final del auto del juez mandando comparecer a los interesados; comparecencia y nómina de los seis herederos; e **inventario de los bienes, partida por partida, con su número al final de cada renglón**; suma total y entrega a disposición del juzgado.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
Auto. …mandaba y mandé comparecer a los interesados, quienes expresarán quiénes son herederos legítimos de Esteban Peña[s], para […] este conocimiento y proceder a lo que hubiere lugar. Así lo proveyó, mandó y firmó yo, el presente juez de esta alcaldía, con testigos por falta de escribano, de que certifico. — Carrejón. Ambrosio Estrada. […] José […]
Comparecencia. Consecutivamente, en virtud de lo mandado en el auto anterior, comparecieron los herederos del caudal de que se trata, que son **Manuel, Gertrudis, [¿Romigia?], Domingo José, José María y María Mariana, haciéndose presente que estos dos últimos son de menor edad**; y los bienes que hay, y en que se conformaron unánimes en que se partan entre ellos, son los siguientes:
| Partida | Cabezas |
|---|---|
| Ocho vacas paridas | 008 |
| Veinte bueyes de tres años arriba | 020 |
| Diez reses de año arriba | 010 |
| Una mula vieja | 001 |
| Dos caballos ordinarios | 002 |
| Un potro de dos años | 001 |
| Una yegua parida | 001 |
| Suma de reses (vacas + bueyes + reses) | 038 |
| Bestias (mula, caballos, potro, yegua) | 005 |
| Total de cabezas | 043 |
Y que por todos hacen la suma de treinta y ocho reses [y cinco bestias], las mismas que se ponen a disposición de [este juzgado]… lo pidieron; y no firmaron, por no saber; hícelo yo […] que corrige. Entre renglones: «son». Vale.
Confianza Alta para el sello, los nombres de los seis herederos, las siete partidas del inventario y sus cifras, y la fórmula «y no firmaron, por no Saber». Media para el nombre del causante: se lee «Estevan Peña», pero el rótulo transversal del margen izquierdo —que está escrito en la hoja contigua, no en ésta— dice «Mortual de […] Juan Peña» y lleva un año «179[¿5?]» que no concuerda ni con el sello ni con la data de IMG_1583; ese rótulo debe tomarse con reserva, pudiendo corresponder a otra pieza del legajo. Baja para el tercer firmante del auto (bajo el desgarro), para el nombre de la tercera heredera («¿Romigia?, ¿Homigia?») y para las palabras comidas por la rotura en los tres últimos renglones, incluida la que debía decir cuántas bestias eran y la palabra de la salvedad final. El total «treinta y ocho reses» se deduce del propio texto y coincide exactamente con 8+20+10; las cinco bestias suman 1+2+1+1, pero la palabra «cinco bestias» está bajo la rotura y no se lee. ---
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Segunda plana de la mortual: demostración del reparto (lo que toca a cada heredero), data del acto, y diligencia de depósito judicial de las porciones de los dos menores, con nombramiento de depositarios, obligación e hipoteca de personas y bienes, firma a ruego y salvedad de entrerrenglones.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
Demostración del reparto
| Concepto | Cantidad |
|---|---|
| Por la suma del ganado | 3[8] |
| Número sobrante en los herederos | [¿4?]6 pesos 3 reales |
| El ganado repartido | 35 |
| A cada heredero | 6 pesos 4½ reales y 5 reses |
Suma que, según la demostración anterior, viene a cada heredero: seis pesos cuatro y medio reales, y cinco reses. Sensentí, y agosto veintisiete de ochocientos cuatro. — Carrejón.
Depósito de los menores. En el mismo día, […] en atención a que los herederos mayores están recibidos o emancipados, y que los menores —que lo son José María y María Mariana— no pueden, por carecer de edad, recibirse de lo que les pertenece, han nombrado por sus depositarios: el primero, a Juan Sanabria; y la segunda, a […] (nombre tachado; en el entrerrenglones validado al pie se lee Horacio Chinchilla), para en tanto tengan edad de recibirlos. Y aceptados por los sobredichos ante mí los nombramientos, por excusar los costos que causarían las escrituras públicas que se previenen, por esta misma diligencia se dan uno y otro por recibidos de **las cinco reses y los seis pesos cuatro y medio reales que pertenecen a cada uno de los menores**; y consiguientemente ofrecen tener en su poder, bajo responsabilidad de depositarios judiciales, los consabidos bienes […] hasta la edad de recibirlos, y se les manden entregar por mí u otro juez competente […] recibidos íntegramente de los expresados […] en favor de sus menores […], hipotecando sus personas y bienes presentes y futuros para poder ser compelidos en todo tiempo. Y **por no saber firmar rogaron que lo hiciese por ellos … don Manuel Peña[s], que se halló presente**; y firmó conmigo, y a falta de escribano, de que certifico. Entre renglones: «Horacio Chinchilla». Vale.
Firman: Juan José Carrejón (juez), Manuel Peña[s] (a ruego de los que no saben), Horacio Chinchilla, Ambrosio Estrada (testigo de asistencia).
Confianza Media-alta para la data (27 de agosto de 1804), para el reparto por cabeza (5 reses y 6 pesos 4½ reales a cada heredero), para el nombre del primer depositario (Juan Sanabria), para la hipoteca de personas y bienes, para la fórmula de firma a ruego y para las firmas. Media-baja para las dos cifras de la «Demostración»: el «3[8]» de la suma del ganado y el «35» del ganado repartido son coherentes con el texto (7 herederos × 5 reses = 35), pero la partida «[Nú]mero sobrante en los herederos … [4]6 p. 3 R.s» no cuadra aritméticamente con «6 pesos 4½ reales a cada heredero» y puede estar mal leída en su primera cifra; se deja como está y no se corrige. Baja para el nombre tachado de la depositaria de María Mariana: el borrón es total, y sólo el entrerrenglones salvado al pie («Horacio Chinchilla») permite suponer quién lo sustituyó —pero eso es inferencia, no lectura. Los finales de renglón perdidos por el encuadre afectan a toda la mitad inferior. Obsérvese que los herederos nombrados en IMG_1582 son seis y el reparto de IMG_1583 supone siete porciones (35 reses ÷ 5). La discrepancia está en el papel, no en la transcripción: o falta un heredero en la nómina, o hay una porción reservada que se explicaba en el pliego perdido. ---
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Rótulo o carátula escrita en sentido transversal (el texto corre a lo largo del lado corto de la hoja, de abajo arriba respecto de la fotografía). Es la cubierta de un expediente cuyos nombres no coinciden con los de ninguna de las dos piezas anteriores: no aparecen ni Chevez, ni Carrejon, ni Molina, ni Peña, sino Antonio Cruz y un **José de T[…]**. La mitad inferior del pliego está en blanco (dorso de la cubierta).
Transcripción paleográfica
(orientada ya para lectura; la escritura está en sentido transversal)
Lectura en español de hoy
Año de 18[…]. Diligencias sobre [¿ganado?] en […] los […] y otros que guardaban el ciudadano Manuel José […], dicho Antonio Cruz y José de T[…].
Confianza Baja. Se leen con seguridad sólo las palabras «Diligencias Sobre», «y Otros q.e Guardaban», «Antonio Cruz» y «é Jose de». No se fija: la palabra que sigue a «Sobre» (parece empezar por G y podría ser «Ganado», pero no lo doy por leído), el año, el apellido del ciudadano del segundo renglón, ni el topónimo o apellido que cierra el tercero. Lo que sí queda establecido es lo importante para el orden del legajo: **este rótulo no corresponde ni al expediente de Felipe Chevez ni a la mortual de Peña**. ---
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Hoja suelta escrita en sentido transversal, de asunto municipal: una constancia o recibo de la Municipalidad de Sensentí relativa a papel [sellado], con intervención del Alcalde 1.º y de los regidores, firmada por varios. Es documento decimonónico avanzado, ajeno tanto a 1804 como al pleito Chévez.
Transcripción paleográfica
(orientada ya para lectura)
Lectura en español de hoy
Se trata de una diligencia de la Municipalidad de Sensentí, fechada a 28 de febrero de 185[…], en que intervienen el Alcalde 1.º y los regidores, sobre papel [sellado] y su entrega. La firman Ruperto Fuentes, Quirino […], y por los regidores Juan Mont[oya?], **Pablo Sor[…] y Andrés Manuel Guzmán, con […] Mejía y Luis Lóp[ez]**.
Confianza Baja. Del cuerpo del texto sólo se rescatan palabras sueltas: «Sensenti», «Feb.o 28 a 185[…]», «Municipal», «Alc.e 1.º de la misma», «papel», **«buena entrega». El año queda incompleto: se leen los dígitos 1-8-5** y el cuarto se pierde en el desgarro; no lo completo. Los nombres de las firmas se leen mejor que el texto, pero varios apellidos quedan truncados. **Es un resultado válido decir que esta plana no se deja leer de corrido**: está a la vez muy borrada, rota y fotografiada con luz rasante.