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CAROLVS · IV · D · G · HISPANIARVM REX

Archivo Municipal de Sensentí · Dos piezas breves, 1796 y 1802-1803

La que se desdijo y el que desistió

Una señora se querella porque la difamaron ante el cura y le estorbaron el casamiento; el difamador reconoce el papel y se retracta. Siete años después, un vecino de Corquín preso por herrar una ternera ajena sale bajo fianza, y el dueño acaba desistiendo. En ninguna de las dos hay condena.

7 láminas · IMG_1696 – 1699 y IMG_1704 – 17061796 · diciembre de 1802 – agosto de 1803Papel sellado 3.º de 1788-89 y de 1796-97Sensentí · barrio de Corquín · Tegucigalpa

Dos piezas breves, separadas por siete años, unidas aquí porque las dos enseñan cómo se arreglaban en Sensentí los agravios que no llegaban a sangre: retractándose el que ofendió, o fiando el que se llevó lo ajeno.

La querella de doña Rita Bueso (IMG_1696–1699, 1796). Doña Rita Bueso se querella de don José Benito de Rivera por haberla difamado ante el padre cura del partido, con lo que impidió su matrimonio con don Andrés de Rivera. El alcalde ordinario de segunda nominación, Josef Antonio de [¿Cholina?] y Bran, manda que Rivera reconozca el papel; y en la diligencia Rivera lo reconoce y se desdice. Es un pleito de honra que se resuelve en tres actuaciones y sin más pena que la retractación.

El catálogo previo situaba esta unidad en 1797 y la hacía empezar en IMG_1697. Ambas cosas se corrigen aquí. La carátula dice «1796»; el auto, «este presente año de mil setecientos noventa y seis»; la diligencia, «en siete días de dicho mes y año». Y la unidad empieza en IMG_1696, que es su cubierta rotulada: en el borde inferior de esa plana asoma ya el primer renglón del escrito que va entero en IMG_1697. El papel es sellado tercero del bienio 1788-89, habilitado para 1795 y 96 — lo que cierra la fecha por otro camino.

Nótese, además, quién es aquí el demandado: don José Benito de Rivera firma de su mano, y el hombre con quien el matrimonio se frustró es don Andrés de Rivera. El pleito se mueve dentro de una sola parentela de «don».

La fianza carcelera de Pablo López (IMG_1704–1706, 1802-1803). Pablo López, vecino del barrio de Corquín, está preso por haber herrado una ternera ajena, de [¿Luis?] o Francisco Guebara. Don José Miguel de Lara otorga por él escritura de fianza carcelera ante don Juan José Castejón, teniente de milicias del batallón de infantería de Tegucigalpa y teniente de gobernador intendente — el mismo Castejón que siete años antes había pedido que le devolviesen a Juana Diega. Siguen el auto de soltura, la diligencia de entrega del preso a su fiador, y, ocho meses después, el desistimiento del querellante y el auto de archivo.

También aquí el catálogo se matiza: la unidad no se cierra en diciembre de 1802. La escritura y el auto de soltura son de treinta de diciembre de mil ochocientos dos, pero el desistimiento y el archivo son de «dies y [¿siete?] días de Agosto de Mil ochosientos tres años». El papel es sellado tercero del bienio 1796-1797.

Lo que las dos piezas tienen en común. En ninguna de las dos hay condena. La justicia del partido funciona aquí como registro de acuerdos: se documenta que el difamador se desdijo y que el querellante desistió, y con eso se archiva. Y en las dos firma casi todo el mundo —a diferencia de la causa criminal de 1795, donde no firmaba ningún declarante—: son pleitos entre vecinos con tratamiento de «don», y el saber escribir corre con la calidad.

Cómo leer la transcripción

[¿palabra?]
Lectura insegura. Puede ser otra cosa.
[…]
Roto, borrado o fuera del encuadre de la fotografía. No se ha inventado nada.
[que]
Abreviatura del original desarrollada para que se entienda.
[rúbrica]
Firma o floritura que no es texto.

Quién es quién

Todas las personas nombradas en el expediente, con lo que el propio documento dice de ellas. Muchos vecinos de hoy reconocerán los apellidos.

Doña Rita Bueso

querellante por difamación

«este Partido» (Sensentí), 1796

Don José Benito de Rivera

demandado; reconoce el papel y se desdice

1796. Firma de su mano

Don Andrés de Rivera

aquel con quien se frustró el matrimonio

1796

El padre cura del partido

ante quien se profirió la difamación

1796

Josef Antonio de [¿Cholina?] y Bran

alcalde ordinario de 2.ª nominación

1796

Miguel Fernando de Molina y José Ponciano Ca[…]ón

testigos de asistencia

1796

Pablo López

preso por herrar una ternera ajena

vecino del barrio de Corquín, 1802-03

Don José Miguel de Lara

fiador; otorga la fianza carcelera

1802. Firma

Don Juan José Castejón

teniente de milicias del batallón de Tegucigalpa y teniente de gobernador intendente; ante quien se otorga

Sensentí, 1802-03

[¿Luis?] / Francisco Guebara

dueño de la ternera; querellante que después desiste

1802-03

Capitán don Dionisio de Pineda y Bran

testigo

1802

Don Fernando Molina, don Máximino Núñez, Andrés Enríquez, Ambrosio Estrada, José Carlos de Lara

testigos

1802-03

Nota final sobre el corte entre unidades

El catálogo previo hacía acabar la causa criminal de Calisto de Lara en IMG_1696. IMG_1696 no pertenece a esa causa: es la cubierta rotulada de la querella de Rita Bueso. El corte correcto en todo este sector del archivo es 1693-1695 / 1696-1699 / 1700-1703 / 1704-1706; es decir, el final de la causa criminal, la querella de 1796, la petición sobre Juana Diega de octubre de 1795, y la fianza de 1802-03.

Obsérvese que el orden de encuadernación no es el cronológico: la petición de octubre de 1795 va detrás de la querella de 1796. Las piezas se cosieron al legajo según fueron llegando al archivo, no según ocurrieron.

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Papeles de Sensentí — Archivo Municipal de Sensentí (Ocotepeque, Honduras). Proyecto Arqueológico Regional Cucuyagua Sensentí. Las convenciones de transcripción se explican en Método.