Papeles de Sensentí Todos los documentos El fondo Personas Método
CAROLVS · IV · D · G · HISPANIARVM REX

Archivo Municipal de Sensentí · Causa criminal de 1794

El novillo de Gregorio de Lara

Un hombre que se declara «de calidad indio», natural de Corquín, es preso por llevarse un novillo del hierro de su propio padre camino del pueblo de Gualcha.

21 láminas · IMG_1371 – IMG_1391Enero a marzo de 1794Papel sellado 4.º de 1792 y 1793, Carlos IVNuevo Poblado de Sensentí, Corquín y Gualcha

En marzo de 1794, en el Nuevo Poblado de Sensentí, un novillo herrado con el fierro de Gregorio de Lara fue sacado de donde estaba amarrado y llevado camino del pueblo de Gualcha para venderlo y matarlo allí. Quien lo conducía era Eleuterio Mejía, nieto de Gregorio, acompañado de Blas Carrión; ambos declararon después que el animal lo había cogido Pedro de Lara, hijo de Gregorio y tío de Eleuterio. Unos veinte días antes, Eleuterio había ido a casa de Victoreano Chaves a contarle lo que su tío pensaba hacer, y quedaron en que le avisaría cuando llegara el momento; el día de autos fue Ancelmo de Varea quien llevó la noticia a Gregorio de Lara. Gregorio corrió a dar parte a Isidro Guevara, alcalde del campo de Gualcha, quien, acompañado de Victoreano Chaves, Francisco Vides y otros, salió al camino y alcanzó a Eleuterio en la boca del monte del pueblo de Gualcha; allí hicieron volver el novillo y el alcalde lo mandó entregar a su dueño. Los mismos hombres hallaron a Pedro de Lara enfermo y aun así lo condujeron hasta presentarlo al alcalde Pedro Portillo, y de ahí a la Real Cárcel de la cabecera.

La causa se siguió ante los jueces del partido —Juan José Carrejón en la primera mitad del expediente y Dionisio de Pineda y Brán, capitán de milicias disciplinadas del batallón de Gracias a Dios, como alcalde ordinario en esta segunda— actuando siempre «con testigos de asistencia a falta de escribano»: primero Antonio López de la Peña y Andrés de Toro y Serna, y después Casimiro Núñez y Alexandro Portillo. Preso, Pedro de Lara declaró ser de calidad indio (en la cubierta, de calidad tributario), natural de Corquín, y sostuvo que no había robado nada: que tomó el novillo como cosa propia, por ser de su padre, a quien todavía no le había entregado los bienes que por su difunta madre le correspondían, y que pensaba avisárselo después, cosa que no hizo por hallarse enfermo. Su padre, interrogado el 13 de marzo, confirmó ese descargo pero negó que el hijo le hubiera pedido antes el animal.

Tomadas las tres declaraciones —Gregorio de Lara, de unos sesenta y seis años; Victoreano Chaves, de cuarenta y seis; y el tercer testigo, de treinta y seis, que por el contenido debe de ser Francisco Vides—, Pedro de Lara presentó un memorial pidiendo la libertad bajo fianza: llevaba dieciséis días preso, su finca de caña y platanar se le perdía, y era «hombre solo», sin nadie que viera por sus siembras ni por una familia crecida y de sólo mujeres. El juez proveyó el 17 de marzo que se admitiría la fianza de cárcel segura; se le notificó el decreto, y el 18 de marzo compareció Tomás López, vecino del partido, que se constituyó por fiador, obligándose a devolver al preso a la cárcel siempre que se le requiriese y a pagar lo que se sentenciase contra él, con renuncia expresa de los beneficios de excusión y de su propio fuero. Vista y aprobada la fianza, el 19 de marzo de 1794 el juez mandó a Tomás Mejía, que hacía oficio de alcalde de la cárcel, excarcelar y poner en libertad a Pedro de Lara. El expediente, tal como lo conservan estas planas, se cierra con esa soltura: no consta sentencia sobre el fondo del asunto.

Cómo leer la transcripción

[¿palabra?]
Lectura insegura. Puede ser otra cosa.
[…]
Roto, borrado o fuera del encuadre de la fotografía. No se ha inventado nada.
[que]
Abreviatura del original desarrollada para que se entienda.
[rúbrica]
Firma o floritura que no es texto.

Quién es quién

Todas las personas nombradas en el expediente, con lo que el propio documento dice de ellas. Muchos vecinos de hoy reconocerán los apellidos.

Pedro de Lara

Reo; acusado de coger el novillo de su padre y remitirlo a Gualcha para venderlo y matarlo; preso en la Real Cárcel de la cabecera; pide y obtiene libertad bajo fianza (IMG_1388)

«De calidad Yndio» según su propia declaración; en la cubierta del expediente, «de calidad tributario»; natural de Corquín; se dice «hombre solo», con finca de caña y platanar y familia «tan crecida y de sólo mugeres»

Gregorio de Lara

Dueño del fierro y del novillo; denuncia el hecho y declara bajo juramento el 13 de marzo (IMG_1382‑1384)

En mis planas se le llama padre de Pedro de Lara («su hijo Pedro de Lara», «por ser de su Padre») y abuelo de Eleuterio Mejía; declaró ser de edad de [¿se?]senta y seis años; no firmó por no saber

Eleuterio Mejía

Nieto de Gregorio y sobrino de Pedro; conducía el novillo hacia Gualcha; había avisado antes a Victoreano Chaves

Vecino del partido; sin edad ni calidad expresadas en estas planas

Blas Carrión

Acompañaba a Eleuterio Mejía en la conducción del novillo; su dicho se cita en la declaración del tercer testigo

Sin datos de edad, calidad ni vecindad en estas planas

Victoreano Chaves (Chabes)

Testigo; acompañó al alcalde Guevara a quitar el novillo y a prender a Pedro de Lara; declara el mismo 13 de marzo (IMG_1384‑1385)

«Deste Part[id]o»; declaró ser de edad de cuarenta y seis años; no firmó por no saber

Francisco Vides

Nombrado por Chaves entre los que salieron al camino; casi con seguridad el tercer declarante de IMG_1386‑1387 (nombre perdido por el deterioro del papel)

El tercer declarante dice ser de edad de treinta y seis años y no firma por no saber; su vecindad se ha perdido en la parte destruida

Ancelmo de Varea

Avisa a Gregorio de Lara el día en que se llevaban el novillo; Eleuterio Mejía le da el aviso previo

Sin datos de edad, calidad ni vecindad; apellido leído Varea en IMG_1385, de trazo dudoso en IMG_1383

Isidro Guevara

Alcalde del campo de Gualcha; manda gente al camino, hace volver el novillo, lo entrega a su dueño y prende a Pedro de Lara

Alcalde del pueblo de Gualcha

Pedro Portillo

Alcalde ante quien se presenta al detenido Pedro de Lara

Alcalde; sin más datos

Tomás López

Fiador; otorga el 18 de marzo la fianza de cárcel segura que permite la soltura (IMG_1389‑1391)

«Vesino de este Partido»; no firmó por no saber

Tomás Mejía

«Que hase ofisio de Alc[ald]e de la Carsel»: recibe la orden de excarcelar y poner en libertad a Pedro de Lara el 19 de marzo

Oficio de alcalde (carcelero) de la Real Cárcel de la cabecera

Dionisio de Pineda y Brán

Juez actuante en toda esta segunda mitad: recibe las declaraciones, provee sobre el memorial, admite la fianza y manda la soltura; firma «Dionisio de Pineda / y Bran» con rúbrica

Capitán de la milicia disciplinada del batallón de Gracias a Dios; alcalde ordinario

Juan José Carrejón

Juez que firma «Carrejón» en la primera mitad del expediente (IMG_1371‑1381)

Juez del partido

Antonio López de la Peña

Testigo de asistencia a falta de escribano, primera mitad del expediente

—

Andrés de Toro y Serna

Testigo de asistencia a falta de escribano, primera mitad del expediente

—

Casimiro Núñez

Testigo de asistencia a falta de escribano en todas las actuaciones de esta segunda mitad; firma con rúbrica

—

Alexandro Portillo

Testigo de asistencia a falta de escribano; firma con rúbrica junto a Casimiro Núñez (no aparece, sin embargo, bajo la ratificación de IMG_1387)

—

Nota final sobre los nombres

← Volver a todos los documentos

Papeles de Sensentí — Archivo Municipal de Sensentí (Ocotepeque, Honduras). Proyecto Arqueológico Regional Cucuyagua Sensentí. Las convenciones de transcripción se explican en Método.