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Primera plana de la petición de don Juan Josef Castejón sobre **la fuga de una mujer esclavizada de su propiedad. Aquí empieza la tercera unidad del tramo, y es la pieza central.** El peticionario se presenta como vecino de este vecindario y hermano legítimo de doña Margarita; alega tener comprada y acreditar el dominio sobre Juana Diega, mulata de color trigueño, esclava que compró a don […] Vicente […] y cuya escritura se otorgó en Chiquimula en el año de noventa y [uno]; que hallándose ella en su servicio, sujeta por su esclavitud, **sin más causa ni motivo se le ausentó e hizo fuga de su casa en el mes de mayo del presente año, acompañada de Paulino** y Tomás; y que según le consta extrajudicialmente ha sido asistida y ocultada, siguiendo el rastro hasta Chiquimula, de donde pide que se la devuelvan a Sensentí. Cierra con la cláusula de poder y facultad a los señores jueces y justicias de Su Majestad. No acaba aquí: sigue en IMG_1701.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
Señor alcalde de primer voto: don Juan José Castejón, de este vecindario, hermano legítimo y […] de doña Margarita […], ante vuestra merced parezco diciendo que, teniendo comprada […], compruebo con [la escritura] el dominio sobre **Juana Diega, mulata de color trigueño, esclava que compré a don […] Vicente […] en Chiquimula, en el año de noventa y [uno]**, como consta del citado instrumento; la cual, hallándose en mi servicio como sujeta por su esclavitud, **sin más causa ni motivo, y por su propio arrojo, hizo fuga de mi casa en el mes de mayo del presente año**, acompañada de Paulino y Tomás, mulato esclavo de […] en dicho vecindario, según se ha declarado. Y extrajudicialmente consta que ha sido asistida […], siguiéndole el rastro hasta […] Chiquimula […], para que se la devuelva a Sensentí. […] Dando poder y facultad a los señores jueces y justicias de Su Majestad para que al cumplimiento […].
Confianza Desigual y lo digo sin adornos. Alta para los datos que más importan, verificados uno a uno con ampliación de hasta ×16 y realce por sustracción de fondo: el nombre Juana Diega, la calidad mulata, el color trigueña, la palabra esclaba, la compra en Chiquimula, la fuga en el mes de mayo del presente año, la fórmula «sin mas causa ni motibo» y el topónimo Sencenti (así escrito). Media para el nombre del peticionario en esta plana: la firma cursiva lo deja en «Ca…on», y sólo por comparación con IMG_1704, donde se escribe con claridad Castejon, lo restituyo aquí. Media-baja para los acompañantes: leo «Paulino» (la vocal final podría ser -a) y «Thomas», seguidos de «mulato esclabo de …», sin que el dueño de éstos se deje fijar. Baja para el tercio inferior de la plana, donde la tinta está prácticamente lavada y sólo se recuperan topónimos y palabras sueltas; no he restituido ahí nada por conjetura. El nombre del vendedor —«D.n […] Vicente […]»— no se deja fijar, y no lo invento. ---
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Segunda plana de la misma petición: el pedimento y las señas de Juana Diega. Pide que se la solicite en la casa del susodicho Sanchinel o en otra en que se halle, que se la entregue al sargento para que la conduzca y se la entregue a él, **«à efecto de q[ue] siga la esclabitud en que está constituida», y —para que pueda ser aprehendida dondequiera que se encuentre— da sus señas personales. Pide después que se le tome confesión al susodicho Flores**, y, resultando cierto haber sido el actor, que se le embarguen bienes competentes para que le cubra los costos erogados en solicitar a su esclava y el tiempo perdido de su servicio; y, no teniendo bienes, que se le condene al trabajo, con el castigo que por su delito merezca, por el crimen y por **haberla tenido tanto tiempo oculta en una cueva. Ni empieza ni acaba aquí la unidad. · Las señas, que son el corazón de esta plana:** · «Como de veinte Años de edad, color trigueño, pelo castaño anillado, picada de biruelas, gruesa de · Cuerpo, Cara Redonda, y estatura Regular.»
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
…se solicite a la enunciada Juana Diega, que es mi esclava, en la casa del susodicho Sanchinel, o en otra en que se halle; y, verificado, se la entregue a dicho sargento para que la conduzca y me la entregue, a efecto de que siga la esclavitud en que está constituida. Y para que por su aspecto y señas pueda ser aprehendida dondequiera que se encuentre, son las siguientes: **como de veinte años de edad, color trigueño, pelo castaño anillado, picada de viruelas, gruesa de cuerpo, cara redonda y estatura regular**.
Evacuada que sea esta diligencia, en primer lugar se ha de servir vuestra merced tomarle su confesión al susodicho Flores; y, confesando ser cierto que había sido el autor, embargarle bienes competentes para que me cubra los costos que he erogado en solicitar a mi esclava, y además el tiempo que he perdido de su servicio, de lo que estoy pronto a presentar relación jurada o justificante de los gastos. Y no teniendo bienes, sea condenado al trabajo que sea más útil, para que de él se me haga la satisfacción; con lo cual, y con el castigo que por su delito merece, escarmentarán otros […] y no incurrirán en lo susodicho […] crimen, y el de haberla tenido tanto tiempo oculta en una cueva…
Confianza Alta. Las señas de Juana Diega se han verificado renglón por renglón con ampliación fuerte y se leen sin duda razonable, igual que su edad («como de veinte años»), la frase «à efecto de q[ue] siga la esclabitud en que está constituida» y «oculta en una Cueba». Media-alta para el apellido Sanchinel, que aquí se escribe con una abreviatura apretada y sólo se fija con seguridad gracias a IMG_1702, donde aparece completo como «D[o]n Fran[cis]co Sanchinel». Media para los renglones finales, rotos por el ángulo del pie, y para el nombre Flores, que se lee bien pero del que el documento no da ni calidad ni vecindad en esta plana. ---
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Tercera plana: cierre del pedimento, firma, y un «otrosí» decisivo. Cierra el escrito principal («A Vm. Suplico se sirva probeer como llebo pedido; juro lo necesario, protexto Costas &c.») y lo firma de su mano Juan José Castejón. A continuación, por otrosí, presenta con la debida solemnidad una carta que acaba de recibir de don Francisco Sanchinel, en que le da noticia de la esclava que solicita y le comunica haber tratado con doña Rosalía Mum, en cuya casa se halla, la cual se allana a comprarla en doscientos pesos; a lo que el peticionario opone que, además de esa cantidad, fueron de su cuenta los **derechos de alcabala y fletes y la conducción de Chiguimula a Esquipulas, que ascendieron a dieciséis pesos**, y que para que la venta pudiese tener efecto la enunciada esclava habría de justificar legítima causa para ello —**«como es la de excesivo trabajo, ō castigo, falta de alim[en]to ō bestuario, ō otra operacion apartada de la Relisión Catholica»**—, lo que no podrá justificar en manera alguna; por lo que no consiente en la venta y pide que se entienda el ruego y encargo para que dicha doña Rosa Mum haga la entrega. Al pie, la data: «Nuevo Establesim[ien]to de Sencenti, y Octubre …». No acaba aquí: el proveído va en IMG_1703.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
…más de tres meses, se deja ver en dicha amistad; y porque todo es de justicia: a vuestra merced suplico se sirva proveer como llevo pedido. Juro lo necesario, protesto costas, etc. — **Juan José Castejón.**
Otrosí digo: presento con la debida solemnidad **una carta que acabo de recibir de don Francisco Sanchinel**, en que me da noticia de la esclava que solicito, comunicándome haber tratado, por medio […], con doña Rosalía Mum, en cuya casa se halla, la cual **se allana a comprarla en los doscientos pesos** que […]. Pero como quiera que, además de esa cantidad, fueron de mi cuenta los derechos de alcabala y fletes, y su conducción de Chiguimula a Esquipulas, que ascendieron a dieciséis pesos; y también porque, para que su venta pudiese tener efecto, la enunciada esclava habría de justificar legítima causa para ello —como es la de excesivo trabajo, o castigo, falta de alimento o vestuario, u otra operación apartada de la religión católica—, lo que no podrá justificar de ninguna manera: no consiento en la venta que se solicita. Y sí pido que se entienda el ruego y encargo para que dicha doña Rosa Mum haga la entrega. Pido justicia, etc., ut supra. — Castejón.
Nuevo Establecimiento de Sensentí, y octubre […]
Lo que esto significa. El «otrosí» es el pasaje jurídicamente más denso de la unidad: Juana Diega, escondida en casa de una mujer en Chiquimula, tiene ya quien ofrezca comprarla en doscientos pesos —lo que habría supuesto cambiar de amo, no libertad—, y su dueño lo rechaza, invocando de pasada, para negarlas, **las causales por las que el derecho indiano permitía a una persona esclavizada forzar su venta**: exceso de trabajo, castigo, falta de alimento o vestuario, o impedimento del ejercicio de la religión católica. El papel dice, sin rodeos, que ella no podrá justificar ninguna.
Confianza Alta para todo el otrosí: «Fran[cis]co Sanchinel», «Doscientos p[es]os», «Alcabala», «Chiguimula à Esquipulas» (nótese la g en Chiguimula, que respeto), «dies y seis p[esos]», la enumeración de causales y la palabra Esclaba. Alta para la firma Castejon y para la data «Nuevo Establesim[ien]to de Sencenti, y Octubre». Media para el apellido de la mujer que la tiene en su casa: se lee «Mum» con un rasgo superpuesto, y podría ser una abreviatura de Muñoz o de Munguía; transcribo lo que veo y no resuelvo. **El día y el año de la data se pierden en el borde desgastado de la hoja**; el año lo aporta IMG_1703. ---
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Última plana de la unidad: el auto del alcalde proveyendo la petición. Arranca con la cola de la data —«à mil setecientos, noventa, y sinco»—, es decir 1795; y provee: «Por presentado con la Carta y Escritura, que luego se devolverán a la parte, y en lo demás, como lo pide.» Lo firma **don Dionisio de Pineda y Bran, capitán de infantería miliciana por Su Majestad y alcalde ordinario de primera nominación de este partido**, actuando con testigos por falta de escribano; firman con él dos testigos de asistencia. Aquí acaba la tercera unidad. Los dos tercios inferiores de la plana quedan en blanco.
Transcripción paleográfica
Lectura en español de hoy
…a mil setecientos noventa y cinco. Por presentado, con la carta y escritura, que luego se devolverán a la parte; y en lo demás, como lo pide. Así lo proveo, mando y firmo yo, don Dionisio de Pineda y Bran, capitán de infantería miliciana por Su Majestad y alcalde ordinario de primera nominación de este partido, actuando con testigos por falta de escribano. — Dionisio Pineda y Bran; [testigos] [¿Felis?] Pineda y Gabriel Joseph de Rivera.
Confianza Alta para el año mil setecientos noventa y cinco, escrito con todas sus letras y verificado en ampliación; alta para el nombre y los títulos del alcalde y para la firma «Gabriel Joseph de Rivera». Alta también para las tres marcas del papel sellado. Media para el nombre de pila del primer testigo, que leo `[¿Felis?] Pineda`. La data completa —lugar y día— queda repartida entre el pie de IMG_1702 («Nuevo Establecimiento de Sensentí, y octubre…») y este arranque; el **día del mes no se conserva legible en ninguna de las dos planas**.